lunes, 1 de junio de 2009

Opiniones.

Del Autor, Enrique Evans de la Cuadra, “Los derechos Constitucionales”, Tomo I. Actas de la Comisión de estudio de la Nueva Constitución (de ´80), o Comisión Ortúzar. Sesión 87, del 14 de Noviembre de 1974. Intervenciones de todos los profesores. Respetuosamente se comparten teorías, algunas bien elevadas. Respecto del debate en torno al derecho a la Vida (Actual Art. 19 nº 1º C.Pol) Intervención del Profesor Jaime Guzmán Errázuriz, transcritas en tercera persona por el secretario Sr_________________:


…"El señor GUZMÁN considera indispensable establecer este derecho como fruto lógico del derecho a la vida que se está consagrando, De manera que, así como no se puede eludir el tema de la pena de muerte que se consagra en el derecho a la vida, no se puede tampoco eludir el tema del aborto (…) Por esta razón estima indispensable tratar ese derecho aquí (en la Constitución Política), aún cuando considera que el aborto nunca es legítimo. Jamás ( ...). Luego, en el aborto se trata lisa y llanamente de un homicidio, y la privación de la vida de orto por voluntad humana no es admisible sino en los casos en los que se aplica por autoridad competente la pena de muerte o se actúa en defensa propia, ya sea directamente o por prolongación, como ocurre en la guerra. No hay otros casos en que el asesinato o la privación de la vida a otro ser humano sea legítimo. (…) Pero en el caso del aborto se trata de un homicidio y, a su juicio, por trágica que sea la situación en la que se vea envuelta la madre, le parece indiscutible, dentro de los principios morales que sustenta, que ella está obligada siempre a tener el hijo, en toda circunstancia, como parte, según lo expresaba el señor Silva Bascuñan de la cruz que Dios puede colocar al ser humano. La Madre debe tener el hijo aunque este salga anormal, aunque no lo haya deseado, aunque sea producto de una violación o aunque de tenerlo, derive su muerte. (…) y todas las consecuencias negativas o dolorosas que se siguen de asumir las responsabilidades descritas las entiende simplemente como el deber de sujetarse siempre a la ley moral, cualquiera que sea el dolor que ello acarree, pues constituye, precisamente, lo que Dios ha impuesto al ser humano(………..) pero la Providencia permite, exige o impone muchas veces a un ser humano que ese cerco se estreche y la persona se encuentre obligada a enfrentar una disyuntiva en la cual no queda sino la falla moral, por una parte, y el heroísmo por la otra; en ese caso tiene que optar por el heroísmo, el martirio, o lo que sea. De esa manera, agrega el señor Guzmán que la gravedad o tragedia que sigue a la observación de la ley moral nunca puede invocarse como elemento para sustraer a alguien a la obligación de cumplirla. Por eso cree que la prohibición del aborto debe ser absoluta, por que, a su juicio, en el orden moral lo es igualmente"...

1 comentario:

  1. Con todo respeto... El Sr. Guzmán le habla desde el más allá a Longueira, que a mi parecer está muy mal asesorado, por lo que prefiero no tomarlo muy en serio...
    El Sr. Guzmán habla desde una perspectiva católica fanática, que no considera la vida de una mujer ni el transtorno que puede significar una violación para el resto de la vida. No creo que Dios, en su supuesta infinita bondad, misericordia y amor a la humanidad, quiera eso para ninguno de sus hijos.
    Por favor, que la Iglesia y sus seguidores vivan felices con su fe, pero dejen al resto vivir felices con sus dudas y pecados... por algo existe el libre albedrío o no?

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